En cumplimiento con lo definido en el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones, el beneficiario deberá presentar la justificación de la subvención, mediante la modalidad de cuenta justificativa de gasto realizado, se ajustará al modelo normalizado que se contiene en este apartado (anexos IV y V).
El anexo III sólo se presentará si no está de acuerdo con la cantidad concedida.