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AUTORIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE PUESTOS DE VENTA SEMANA SANTA 2025

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

DESCRIPCIÓN

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE LA INSTALACIÓN DE PUESTOS DE VENTA, DURANTE LA CELEBRACIÓN DE LA SEMANA SANTA 2025

Descripción del trámite

Tramitación de la autorización temporal del uso privativo dominio público. AUTORIZACIONES PUESTOS SEMANA SANTA.
 

1.- Una vez presentadas las peticiones, se comprobará que cumplen con las exigencias establecidas en las Bases.

Si la petición no reúne los requisitos exigibles, se requerirá al interesado para que en un plazo de diez (10) días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.- Los actos que se dicten en el procedimiento de autorización serán objeto de publicación en la web municipal y en el Tablón de Edictos, surtiendo efectos dicha publicación los efectos de notificación de los mismos.

Requisitos

1. Las solicitudes se ajustarán al modelo de las Bases debiendo ser suscritas por el interesado o su representante legal debidamente autorizado.

2. A dicha solicitud se acompañará la siguiente documentación general:

- Copia del DNI del titular, si es persona física. Si actúa en representación de persona física, autorización del titular y copia de su DNI.

- Copia del CIF y escritura de constitución de Sociedad o de modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, si se trata de persona jurídica, salvo que no fuera exigible conforme a la legislación mercantil aplicable, en cuyo caso se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

- Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil y recibo de pago o certificado de suscripción del seguro.

- Alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas.

- Acreditación de la correspondiente afiliación y alta en la Seguridad Social.

- Para aquellas personas que no tengan la condición de nacionales de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea. permisos de residencia y trabajo que en cada caso sea exigido (si se trata de extranjeros).

Asimismo, en función de la actividad a desarrollar, se aportará la siguiente documentación específica:

- Carnet o curso de manipulador de alimentos.

- Memoria Técnica de Diseño y Certificado de Instalación de Baja Tensión.

- Boletín y Certificación de gas.

- Certificado de Revisión de Extintores.

- Plan de Prevención de riesgos laborales y vigilancia en la Salud.

¿Dónde solicitar?

PRESENCIAL: registro general SAC Calle San Agustín nº38 y resto de registros presenciales. Tenencias.

SEDE ELECTRÓNICA: es necesario contar con un certificado electrónico en vigor.

PLAZO DE SOLICITUD

Será de quince (15) días naturales, y su cómputo se iniciará al día siguiente de la publicación del correspondiente anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la web municipal.

¿Quién resuelve?

ÁREA DE CULTURA Y PATRIMONIO. NEGOCIADO DE FIESTAS POPULARES Y TRADICIONALES.

Plazo de resolución

3 MESES.

Carácter del silencio administrativo

DESESTIMACIÓN POR SILENCIO ADMINISTRATIVO NEGATIVO.

Obligación económica

TEXTO REFUNDIDO DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR INSTALCIÓN DE PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS, ATRACCIONES DE RECRETO, SITUADOS EN TERRRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL ASÍ COMO INDUSTRIAS CALLEERAS Y AMBULANTES Y RODAJE CITEMATOGRÁFICO. (BOP Nº 156 29 DICIEMBRE 2021)

Fundamentos legales

La autorización para instalar de venta de turrones, dulces, golosinas y similares, en espacios de domino público, tiene la naturaleza jurídica de uso común que implica un aprovechamiento especial de bienes de dominio público, conforme establece el artículo 75.1 1º b) del Reglamento de Bienes de Las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio, y el artículo 85.2 de la ley 33/2003 de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Tramitar telemáticamente

Puede iniciar la tramitación telemática (online) de este procedimiento desde el siguiente enlace: Iniciar tramitación telemática

Tramitar presencialmente

Si prefiere iniciar la tramitación de manera presencial en las oficinas de esta entidad, puede hacerlo descargando y cumplimentando los siguientes formularios:

Procedimientos relacionados

El procedimiento no está relacionado con ningún otro.

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