Sede Electrónica

TASA BASURA: REDUCCIÓN CUOTA A PENSIONISTAS

Revise desde aquí la ficha del procedimiento. Puede iniciar la tramitación telemática, así como la presencial, desde la sección "Tramitación".

Descripción del procedimiento

Reducción del 50% del importe de la cuota de la tarifa del servicio de recogida de basura y residuos sólidos, para pensionistas residentes en San Cristóbal de La laguna

Requisitos
  • Que sean pensionistas, residentes en la vivienda del término municipal para la que solicitan la tarifa reducida o en Residencias Públicas de la Tercera Edad
  • Que no convivan en dicha vivienda personas en activo por cuenta propia o ajena
  • Que no sean titulares de más de una vivienda o local
  • Que el valor del Patrimonio de todos los residentes de la vivienda en cuestión no exceda de 57.000,00 euros, límite que se incrementará cada año por aplicación del Índice de Precios al Consumo según los Datos del Instituto Nacional de Estadística, en tanto no se modifique la presente Ordenanza. Para los inmuebles se tomará el Valor Catastral
¿Dónde solicitar?

Sede electrónica

Oficina de Tributos. C/Obispo Rey Redondo 1 Bajo.
Centro Ciudad Dirección:C/ San Agustín, 38
La Cuesta Dirección:C/ Abreu y Valdés, 1
Taco Dirección:C/Los Charcos, s/n Edificio Joy
Tejina Dirección:C/Marina González González, 7
Valle de Guerra Dirección:C/Calvario, 1 (Centro Ciudadano)

¿Cuándo solicitar?

La solicitud deberá presentarse dentro de los dos primeros meses del año para que surta efectos en el citado ejercicio. La presentación fuera del indicado plazo determina que la bonificación surtirá efectos, si procede, para el ejercicio siguiente

 

Documentos
  • Certificado de Pensionista
  • Fotocopia del D.N.I. del titular, así como de los demás residentes en el domicilio, a efectos de consulta catastral
  • Fotocopia del recibo de basura, del Impuesto de  Bienes Inmuebles, o indicar, la referencia catastral del inmueble. Para el supuesto de que el sujeto pasivo de la tasa a título de contribuyente no sea el titular del inmueble deberá aportar además copia del contrato de arrendamiento
Plazo de resolución

6 meses

Carácter del silencio administrativo

Desestimatorio

Órgano tramitador

Sección Gestión Tributaria. Área de Hacienda y Servicios Económico

¿Quién resuelve?

Alcalde/sa o, por delegación, el/la Teniente de Alcalde

Fundamentos legales

Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales.
Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, en vigor desde el 1 de julio de 2004
Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección

 

Tramitar telemáticamente

Puede iniciar la tramitación telemática (online) de este procedimiento desde el siguiente enlace: Iniciar tramitación telemática

Tramitar presencialmente

Si prefiere iniciar la tramitación de manera presencial en las oficinas de esta entidad, puede hacerlo descargando y cumplimentando los siguientes formularios:

Procedimientos relacionados

El procedimiento no está relacionado con ningún otro.

Iniciar un trámite

Presente su solicitud, ya mismo